¿Has ido alguna vez a ver una 'peli' y has descubierto que eres el único
espectador? ¿Quieres saber cuáles son tus derechos, y los de la empresa, en
situaciones así? Entonces, te interesa leer este reportaje. Por YAGO GARCÍA
Es un día laborable, a la hora de la siesta. Pero tú estás de vacaciones, no
tienes que estudiar o (¡ay!) estás en el maldito paro, y te apetece ir al cine.
Llegas al local de tu elección, pagas tu entrada, y al llegar a la sala
te la encuentras completamente vacía. Supones que el resto del
público no tardará en llegar, palomitas en ristre, pero te equivocas:
o
bien acabas compartiendo la sesión con otras dos o tres personas, o bien tienes
la sala para ti solo. Algo mucho más frecuente de lo que parece, con lo
que muchos de nuestros lectores se han encontrado varias veces, y que hace que
en
CINEMANÍA nos planteemos una pregunta:
¿se puede
suspender una sesión de cine por falta de aforo?
Para empezar, insistimos en que estos pases casi exclusivos no son raros, ni
mucho menos. Desde el complejo
Kinepolis, de Pozuelo de Alarcón (Madrid),
Ruth Benito (del departamento de marketing) nos informa de que
"aunque parezca mentira, entre semana las salas están más
vacías", y que en alguna ocasión
"alguna pareja se ha
encontrado una para ellos solos: como en el salón de su casa, vamos".
Claro que los Kinépolis, situados en la periferia de una gran ciudad, quedan un
poco lejos para gran parte del público. ¿Qué ocurre en el caso de cines más
céntricos, como el también madrileño
Yelmo Ideal? Pues, según su gerente,
Óscar
Pérez, cosas muy similares, pero con menos frecuencia:
"Los
pases con más tendencia a quedarse vacíos son los que se hacen a primera hora
los días laborables, sobre todo los miércoles o jueves", nos explica
Óscar.
"Las 'sesiones golfas' de madrugada, sin embargo, suelen acabar
llenas hasta la bandera".
Vale, estamos de acuerdo en que (por raro que parezca) hay sesiones de cine a
las que asiste un público que puede contarse con los dedos. Pero, ¿cuáles son
las obligaciones de la sala en estos casos? Según nos informa la asociación de
consumidores
FACUA, las mismas que si las entradas se hubiesen
agotado:
una empresa no puede suspender una sesión por falta de público,
y menos aún si hay espectadores que han comprado su entrada.
"Si tú estás pagando, el cine tiene que proyectar su película para ti, aunque
estés tú solo", nos explica su portavoz.
"Hacer un pase para
tan poco público puede ser gravoso para la sala, por el desgaste de materiales y
otros factores", detalla,
"pero cancelar la proyección sólo es
justificable en caso de fuerza mayor: de lo contrario, sería como si una
compañía de vuelos low cost suspendiese el despegue de un avión porque
va a medio pasaje".
A estas palabras se suma un dato más:
la sala no puede suspender el
pase ni siquiera aunque no se haya vendido una sola entrada. "Esto está en
vigor, sobre todo, desde que la venta de entradas se informatizó, porque todos
los datos acaban llegando al ministerio de Cultura", indica
Borja de Benito, el responsable de comunicación de
la federación de exhibidores
FECE. "De este modo, se debe indicar el número exacto de
espectadores de cada pase, incluso aunque ese número sea cero". Al hilo
de esto, Ruth (Kinépolis) nos indica que, en caso de que no haya habido ventas,
en su cine se siguen ofertando entradas
"hasta media hora después de la
hora indicada para el comienzo, por si hay alguien que llega tarde y quiere
entrar".
Aun así, tenemos testimonios según los cuales algunas salas se saltan esta
norma a la torera. El madrileño
Francisco J. P. nos habla de un
incidente en el cine de un centro comercial, donde se dirigió con otra persona a
ver
Origen: "Fuimos a la taquilla media hora
antes del inicio de la sesión, y nos dijeron que esta se cancelaba por aforo
insuficiente". Desde Valladolid,
Pedro S. B nos habla
de un cine (
"siempre el mismo") al que no quiere mencionar, y
que ha suspendido varios pases
"por frecuentes, y sospechosos, problemas
técnicos" que solían coincidir con una venta de entradas muy baja. Ya
sabemos que esto no es legítimo, pero ¿qué medidas puede tomar el espectador
para ser resarcido?
Según lo que nos indican nuestras fuentes, sentimos comunicar a Francisco y
Pedro que, si no se ha comprado la entrada, no se tiene derecho a indemnización.
Claro que, según nos indica nuestro contacto en FACUA, una vez desembolsado el
dinero en la taquilla la cosa cambia mucho:
"La cancelación del pase se
podría negociar si el cine plantea una indemnización, para resarcirte de un
perjuicio por incumplimiento de contrato". Esta indemnización sería
obligatoria incluso por razones de fuerza mayor, y podría consistir, como
mínimo, en la devolución del importe de la entrada
"y en el importe de
las palomitas y el refresco, en caso de que se hayan comprado, para compensar
por el sobreprecio". En el caso de cancelación por falta de asistencia,
el espectador podría exigir una satisfacción mayor:
"Que te regalen dos
entradas gratis, por ejemplo".
Pero, como ya nos han explicado antes, no es legítimo suspender una sesión
porque su aforo sea muy escaso. Borja, de FECE, nos explica que la empresa sí
puede
"cambiar el pase de hora, por ejemplo, y justificarlo como un
cambio de programación". Cuando le preguntamos por los casos antes
mencionados, nuestra fuente en la federación de exhibidores es concluyente:
"No puedo hablar sobre casos concretos, pero si esta situación se da, lo
que diga el taquillero no tendría el valor de una comunicación oficial de la
empresa". "Por suerte o por desgracia", podríamos añadir nosotros.